jueves, 7 de septiembre de 2017

¿POR QUÉ LOS ACTOS DEL GOBIERNO Y EL PARLAMENTO CATALÁN NO SE ATIENEN A DERECHO?
 
El nacionalsocialismo catalán lleva muchos años preparando su independencia. Tanto los gobiernos del PSOE, como del PP, creyeron, creo que por una mezcla de ignorancia histórica, interés cortoplacista y la política del avestruz,  que su ideología independentista se aplacaría con dinero y dejándoles robar, y de este modo pudieran aprobarles, anualmente,  los Presupuestos Generales del Estado. Grave error. Se denominan nacionalistas porque quieren una nación, sino se llamarían de otro modo y su ideología se basa en la irracionalidad y en el mito de la sangre y la tierra. Hace unos 5 años se quitaron definitivamente la careta y como el Estado de Derecho no tomó las medidas legales necesarias ahora nos encontramos con un golpe de Estado en toda regla. Fundamentalmente los políticos y la mayoría de los medios de comunicación plantean una campaña de propaganda dirigida a adormecer y manipular a la sociedad para que no se tomen las medidas legales necesarias para cortar de raíz el incumplimiento de la legalidad en Cataluña. Todo ello me lleva, aunque no soy jurista, a tratar de explicar qué atributos han de tener las leyes para que  se atengan a Derecho y puedan ser consideradas como legales.

En la actualidad el concepto de Estado de Derecho se confunde interesadamente con el requisito de la mera legalidad en todos los actos de gobierno. El imperio de la Ley  presupone completa legalidad pero sin que ello sea suficiente. Si una ley concede al gobierno de turno, a cualquier nivel, poder ilimitado para actuar a su capricho, todas sus acciones serán legales, pero no encajarán dentro del Estado de Derecho. Recordemos, por ejemplo, que durante la dictadura de Hitler se aprobaron más de mil doscientas leyes y no reformó, tan siquiera, la constitución de Weimar. Todos estaremos de acuerdo que dichas leyes no podrían ser incluidas en un Estado de Derecho. Lo mismo podríamos decir de cualquier dictadura comunista. El Estado de Derecho va más allá que el constitucionalismo, requiere que todas las leyes se conformen con ciertos principios y que no todos los actos que emanan de la autoridad legislativa son leyes en tal sentido. ¿Acaso la constitución de Corea del Norte o el Estatuto de Cataluña se atienen a Derecho? En absoluto.

En primer lugar la ley ha de ser universal en su aplicación y no dirigida a una o varias personas o entidades determinadas. A título de ejemplo, podemos recordar la ley aprobada durante el gobierno de Zapatero referente a la violencia de género en la que sólo las mujeres son las víctimas y los hombres los agresores.

En segundo término, las verdaderas leyes han de ser conocidas y ciertas. Quizás, siguiendo a Max Weber, no existe otro factor que haya contribuido más a la prosperidad de Occidente que la prevalencia de la certeza de la Ley. Cada vez se tiende más a exagerar la falta de certeza, quizás como consecuencia de una campaña contra el imperio de la Ley.

En todos los órdenes de la vida los principios son básicos y en las leyes no iba a ser una excepción, puesto que la parte vital y duradera está en los mismos, no en las normas. Los principios permanecen relativamente inalterables o se desarrollan a lo largo del tiempo, en cambio las leyes no se desarrollan y son derogadas y sustituidas por otras.

El tercer requisito, fundamental en mi opinión, es el de la igualdad de todos ante la ley. Es preferible que una ley no sea adecuada, pero se aplique a todos por igual -personas, gobernantes e instituciones-  a que sea perfecta y no sea de aplicación general.

Nada de lo mencionado hasta el momento, sería efectivo y podría denominarse Estado de Derecho, sino existiera separación de poderes (legislativo, ejecutivo, judicial y de control) y creo que es el mayor problema que tenemos en España. El imperio de la Ley significa que los tribunales han de juzgar, con total independencia, si los poderes de los funcionarios, gobernantes y organismos oficiales encargados del gobierno se han excedido en sus funciones. Cuando los tribunales a instancias superiores, como es el caso español, son nombrados por los políticos (ejecutivo y/o legislativo) el imperio de la Ley desaparece.


Lo anterior nos lleva a algo fundamental y es a establecer los límites legales a las facultades discrecionales de los órganos de gobierno a cualquier nivel. El problema que surge, siguiendo a Hayek, es hasta qué grado la autoridad del gobernante de turno debe ser delegada en determinado sector de la administración, concretamente las autonomías. Bajo el imperio de la Ley el gobierno de un  Estado de Derecho debe intervenir, sin complejos y con todos los medios legales a su alcance, para preservar el mismo y proteger las libertades individuales y los bienes de los ciudadanos, porque una autonomía a quien por delegación del Estado se le asignaron unas competencias específicas, no puede ejercer para su propósito ningún poder soberano, como es incumplir la legislación vigente para dar un golpe de Estado.

Históricamente está demostrado que a las ideologías totalitarias y eugenésicas, como el nacionalsocialismo y el comunismo, JAMÁS se las convence sino que se las vence, porque a la hora de defender la libertad el extremismo(no debemos olvidar que los ciudadanos hemos cedido al Estado de Derecho el ejercicio de la legitimidad de la violencia) no es ningún defecto ni la moderación ninguna virtud.

Un abrazo

Florencio

PS.- La extrema izquierda de la CUP y otros intentarán, ya lo han dicho, ocupar la calle el próximo 11 y el 1 de octubre para intentar que haya un mártir para su causa y que a lo mejor provocan ellos mismos, como ya sabemos por la historia del siglo pasado.










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